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Subsidios

Es importante tener en cuenta que el comprador es el único responsable de efectuar los trámites correspondientes a la consecución del subsidio para el cual aplicó. Es su responsabilidad efectuar los trámites en forma oportuna para que el desembolso del subsidio coincida con la fecha de entrega programada de la vivienda. Si por alguna razón no le es otorgado el subsidio será responsabilidad de el(los) comprador(es) cancelar el valor correspondiente como parte de su cuota inicial dentro de un plazo no mayor a 30 días calendario a partir de la fecha de desembolso del crédito hipotecario.

Pórtico Ingeniería  informa que no hará entrega de la vivienda sin que el(los) comprador(es) se encuentren a paz y salvo por todo el concepto, incluyendo el valor que corresponde a el subsidio por el cual aplicó. Pórtico Ingeniería podrá desistir en forma unilateral de el compromiso de venta y hará cobro del valor establecido como arras, si el(los) compradores no efectúan la cancelación oportuna de este monto de subsidio dentro del plazo de 30 días calendario contados a partir de la fecha de desembolso del crédito hipotecario efectuado por su entidad bancaria.

CRÉDITO HIPOTECARIO

Un crédito hipotecario es una forma de financiación de vivienda, que consiste en la solicitud a una entidad financiera de un préstamo de máximo el 70% del valor total de la vivienda, en la que se establece un valor mensual de pago del préstamo.

Esta deuda puede ser adquirida en dos modalidades (pesos o UVR), en donde se establece un periodo específico del préstamo.

Por lo general es desde los 180 hasta los 240 meses.

Este tipo de financiación permite aplicar a los diferentes beneficios a la tasa que ofrece el gobierno nacional.

Requisitos para solicitar este tipo de financiación:

  • Tener la mayoría de edad estipulada por ley (18 años)
  • Tener una actividad laboral estable.
  • Tener un buen manejo crediticio y verificable con las entidades de riesgo
    competentes.
  • El canon del arrendamiento no debe superar el 30% del total de los ingresos
    familiares.
  • Tener el avalúo del inmueble, realizado por un perito especializado según las
    indicaciones de la entidad bancaria.

Adicionalmente por lo general las entidades financieras solicitan los siguientes documentos:

Para Empleados

  • Certificado de ingresos y retenciones.
  • Certificado laboral con vigencia no superior a los 30 días.
  • Comprobantes de pago de nómina de los últimos 3 meses.
  • Declaración de renta.

Para Independientes

  • Certificado de cámara y comercio.
  • Extractos bancarios de los últimos tres meses.
  • Declaración de renta.

LEASING HABITACIONAL

Es una alternativa de financiación de vivienda para personas naturales, mediante la cual se puede adquirir (por hasta el 80% del valor total del inmueble), para mejorar o desarrollar la construcción de vivienda. En donde el cliente define el sistema de pago que mejor se acomode a su presupuesto, pudiendo escoger el sistema de amortización, la unidad de desembolso (pesos o UVR) y el plazo de la operación.

Esta modalidad se realiza por medio de un contrato de arrendamiento en el cual el cliente cancela un canon mensual al banco y al final del plazo pactado, puede adquirir la vivienda mediante una opción de compra establecida desde el inicio del contrato.

Beneficios de esta forma de financiación

  • No aumenta la base patrimonial.Solo se pagan gastos de escrituración por la compraventa, no aplican gastos de hipoteca.
  • Se pueden realizar abonos extraordinarios sin penalidad y reducir el valor de la cuota o el plazo total del contrato.
  • Posibilidad de ceder el contrato por el valor del saldo a la fecha, sin incurrir en costos de escrituración y registro, previa aceptación del nuevo locatario por parte de la entidad financiera.
  • Posibilidad de generar un crédito automático de su cuenta con la entidad bancaria.
  • Disminuir la base gravable a través del pago de sus cuotas hipotecarias por generar cuentas AFC